Hoy, 20 de diciembre de 2024, se publicó en el Diario Oficial El Peruano la Ley N.º 32211, que modifica el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC). A través de estas modificaciones se busca promover la formalización de remesas provenientes del exterior y ajustar la tributación de ciertos ingresos financieros. A continuación, las modificaciones principales:
1. Ampliación de los Conceptos No Gravados por el IGV
Se añade un nuevo párrafo al literal r) del artículo 2 del TUO de la Ley de IGV e ISC, estableciendo que no estarán gravados los siguientes conceptos:
- Los servicios de crédito: Solo los ingresos de instituciones financieras, como bancos, cajas de ahorro, cooperativas y EDPYMEs, provenientes de ganancias de capital por compraventa de instrumentos financieros y de comisiones o intereses relacionados con sus operaciones propias.
- Comisiones e intereses: generados por créditos directos e indirectos otorgados por entidades supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) que se dediquen a operar exclusivamente en favor de la micro y pequeña empresa. También los generados por créditos de fomento otorgados directamente o mediante intermediarios financieros, por organismos internacionales o instituciones gubernamentales extranjeras.
- Transferencias de fondos internacionales: Las comisiones cobradas al beneficiario por remesas provenientes del exterior, así como las cobradas a agentes o corresponsales en el extranjero que faciliten estas operaciones.
2. Nuevas Facultades al Banco de la Nación
- Se autoriza al Banco de la Nación, bajo el principio de subsidiariedad, a abrir cuentas bancarias y otorgar productos financieros como créditos personales, hipotecarios y vehiculares a peruanos residentes en el extranjero.
Vigencia: La Ley N.º 32211 entrará en vigor el 21 de diciembre de 2024. Asimismo, el Poder Ejecutivo dispone de un plazo de 30 días naturales para adecuar las normas reglamentarias necesarias para su implementación.
Para ver la Ley N.º 32211, haga click en el siguiente enlace.
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