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CONGRESO APRUEBA EL CONVENIO PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN CON EL REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA E IRLANDA DEL NORTE

Con fecha 12 de noviembre de 2025, el Congreso de la República, mediante la Resolución Legislativa N° 32496, ha aprobado el Convenio entre la República del Perú y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para la Eliminación de la Doble Tributación en relación con los Impuestos sobre la Renta y las Ganancias de Capital y para la Prevención de la Evasión y la Elusión Fiscal (“Convenio para Evitar la Doble Imposición-CDI”), suscrito en Londres el 20 de marzo de 2025.

El Convenio para Evitar la Doble Imposición entre ambos países establece un marco normativo uniforme destinado a evitar la doble imposición en las operaciones económicas transfronterizas, a través de mecanismos de eliminación de la doble tributación jurídica y medidas contra prácticas de evasión y elusión fiscal.

Asimismo, el CDI fortalece la seguridad jurídica y la previsibilidad en materia de inversiones para las empresas británicas y peruanas, al incorporar garantías frente a posibles tratos fiscales discriminatorios. De este modo, se configura un entorno más estable para los inversionistas de ambos Estados.

La entrada en vigencia del CDI con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, se producirá una vez que el Poder Ejecutivo concluya el procedimiento de ratificación. Actualmente, el Congreso peruano ya ha finalizado la etapa de aprobación legislativa. Conforme a lo establecido en el propio CDI, este entrará en vigor transcurridos treinta días desde la recepción de la última notificación que uno de los Estados Contratantes remita al otro, por la vía diplomática, acreditando que ha cumplido con los procedimientos internos requeridos para su aprobación.

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