
Hoy se publicó la Ley Nº 32294, Ley que modifica la Ley Complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en materia de servicios financieros- Ley N° 28587, con el objetivo de regular la obligación de las entidades del sistema financiero de informar sobre la denegatoria de un crédito.
Con esta modificación, previa solicitud del consumidor, las empresas del sistema financiero estarán obligadas a informarle los motivos que sustentaron su decisión. La información deberá brindarse de manera expresa y a través de cualquiera de los canales previamente informados.
Cabe señalar que la obligación no aplicará cuando la denegatoria se sustente en aspectos relacionados al perfil del solicitante conforme a las normas prudenciales emitidas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Recordemos que dentro de las empresas del sistema financiero a las que les aplica la Ley 28587 se encuentran: las empresas bancarias, las empresas financieras, las cajas rurales de ahorro y crédito, las cajas municipales de ahorro y crédito, cajas municipales de crédito popular, empresas de créditos (antes Edpymes) y Cooperativas de Ahorro y Crédito autorizadas a captar recursos del público.