Con el objetivo de optimizar la eficiencia y la celeridad de los procedimientos administrativos que tiene bajo su gestión el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), el 30 de agosto último fue publicado el Decreto Supremo N° 004-2024-TR, que establece la obligatoriedad de la notificación vía casilla electrónica de los actos administrativos, actuaciones sobre servicios prestados en exclusividad, y actuaciones administrativas a cargo del MTPE.
A continuación, presentamos un resumen de los aspectos más relevantes del Decreto Supremo N° 004-0224-TR:
Disposición | Detalle |
Ámbito de aplicación | Las disposiciones del Decreto Supremo se aplican a: • Las unidades de organización y programas del MTPE que participan en las actuaciones y/o procedimientos administrativos su competencia. • Los administrados que participan en las actuaciones y/o procedimientos administrativos de competencia del MTPE. |
Notificación a través de la casilla electrónica | • La notificación a través de la casilla electrónica tiene la misma validez y eficacia jurídica que las notificaciones realizadas por medios físicos tradicionales o presenciales. • El proceso de notificación vía casilla electrónica en el MTPE se inicia con el depósito del acto administrativo, actuación administrativa sobre servicios prestados en exclusividad, o actuación administrativa en la casilla electrónica del usuario, el cual, genera la constancia de notificación electrónica y el acuse de recibo. • El MTPE enviará una comunicación al correo electrónico del usuario y al teléfono celular registrado. • La constancia de la notificación vía casilla electrónica y el acuse de recibo de la notificación son incorporados en el expediente correspondiente por la unidad que se encuentre a cargo del trámite correspondiente. |
Asignación de casilla electrónica | • El MTPE asigna -de manera gratuita- al usuario una casilla electrónica en su Sistema de Notificación Electrónica. • La casilla electrónica se constituye en un domicilio digital obligatorio, a través del cual se realizan las notificaciones de los actos administrativos y/o actuaciones emitidas, en el marco de sus funciones y competencias. |
Documentos notificados obligatoriamente a través de la casilla electrónica | • Dictámenes económicos, solicitudes de conciliación, cédulas de cobranza coactiva, entre otros documentos que deban ser informados a los administrados. • Resoluciones y actuaciones administrativas emitidas en primera y segunda instancia por el MTPE. • Documentos referidos a actuaciones sobre servicios prestados en exclusividad por el MTPE (aprobación de contratos de trabajo de personal extranjero o aprobación del Reglamento Interno de Trabajo, por ejemplo). |
Obligaciones del usuario de la casilla electrónica | • Revisar periódicamente la casilla electrónica asignada para verificar las notificaciones depositadas. • Mantener operativo el correo electrónico y el teléfono celular registrado para recibir las alertas del MTPE. • Mantener la confidencialidad y adoptar las medidas de seguridad en el uso del nombre de usuario de la clave de acceso a su casilla electrónica. |
Obligaciones del MTPE | • Crear y asignar las casillas electrónicas de los administrados. • Brindar la asistencia necesaria para el registro y uso del Sistema de Notificación de Casillas Electrónicas del MTPE. • Atender las consultas de los usuarios que puedan surgir acerca de las notificaciones electrónicas. • Implementar, desarrollar, y mantener actualizado y operativo el Sistema de Notificación Electrónica del MTPE. |
Contenido de la notificación electrónica | • Las notificaciones a través de la casilla electrónica deben contener: El texto íntegro del acto o actuación administrativa, incluyendo su motivación y anexos, de corresponder. • La identificación del procedimiento dentro del cual haya sido dictado, de corresponder. • Identificación de la dependencia que emite el acto o la actuación notificada y su dirección. • La fecha de vigencia del acto o actuación administrativa notificada y la mención de si agota la vía administrativa, de corresponder. • La información sobre los recursos administrativos que pueden interponerse, el órgano ante el cual deben presentarse y el plazo para interponerlos. • En caso se trate de una notificación dirigida a terceros, deberá agregarse, además la información que sea relevante para proteger sus intereses y derechos. |
Validez y efectos de la notificación electrónica | • La notificación se entiende válidamente efectuada con el depósito del documento en la casilla electrónica asignada al usuario. • Cada vez que sea notificado un documento, el MTPE, remitirá un mensaje de alerta informativa al correo electrónico y al teléfono celular registrado por el administrado, los mismos que constituyen requisitos de validez de la notificación. • La notificación surte efectos el día que conste haber sido recibida en la casilla electrónica. En el caso de que ese día sea no hábil, surtirá efectos a partir del primer día hábil siguiente de haber sido recibida. • El cómputo de los plazos expresados en días se inicia el día hábil siguiente de aquel en que la surte efectos, salvo que en el acto o actuación notificada se señale una fecha distinta. |
Excepciones a la notificación electrónica | No será obligatoria la notificación a través de la casilla electrónica en los siguientes supuestos: • Si el usuario reside en una localidad donde no se cuente con acceso a internet o se encuentra en condiciones de vulnerabilidad. Estos hechos deben ser informados al MTPE dentro de los plazos que se definan en las disposiciones complementarias. • Si se interrumpe el Sistema de Notificación Electrónica del MTPE por causas debidamente verificadas y comunicadas a los usuarios. En estos supuestos, el MTPE deberá seguir el orden de prelación de notificaciones establecido en el numeral 20.1 del artículo 20 del TUO de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. |
Disposiciones complementarias e implementación progresiva | • El MTPE deberá aprobar las disposiciones complementarias y el cronograma de implementación progresiva para la notificación electrónica, mediante la Resolución Ministerial correspondiente. • El plazo para aprobar las referidas disposiciones vence el 10 de enero de 2025. |
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Este documento es un breve resumen de aspectos regulados en las normas referidas previamente. No constituye recomendación o análisis legal de las disposiciones antes mencionadas.