Hoy 26 de diciembre de 2024, se ha publicado en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución de Superintendencia N.º 000293-2024/SUNAT, mediante la cual se posterga la fecha desde la cual determinados sujetos obligados deberán llevar sus registros contables a través del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE).
Principales Disposiciones:
- Postergación para Principales Contribuyentes: Los sujetos designados como principales contribuyentes deberán comenzar a utilizar el SIRE a partir del período de julio de 2025, siempre que no estén comprendidos en los supuestos establecidos (incisos a, b, c y d del artículo 3.1 de la Resolución de Superintendencia N.º 000112-2021/SUNAT).
- Condiciones para Otros Sujetos: Los demás contribuyentes obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos (RVIE) y el Registro de Compras Electrónico (RCE) continuarán utilizando los sistemas anteriores (SLE-PLE o SLE-Portal) hasta el período de junio de 2025, salvo que decidan afiliarse voluntariamente al SIRE.
Disposiciones Complementarias
- Afiliación Voluntaria: Los contribuyentes que deseen adelantar su afiliación al SIRE podrán hacerlo en cualquier momento, respetando las condiciones establecidas en la norma.
Vigencia: La resolución entra en vigencia el 27 de diciembre de 2024.
Para ver la Resolución de Superintendencia N.º 000293-2024/SUNAT, haga click en el siguiente enlace.
Contactos:
- Milagros Fernández– milagros.fernandez@santivanez.com.pe
- Luisa Peralta – luisa.peralta@santivanez.com.pe
- Alexander Bejarano – alexander.bejarano@santivanez.com.pe