Santiváñez Abogados

Postergan la Implementación del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) 

Tributario

Hoy 26 de diciembre de 2024, se ha publicado en el Diario Oficial “El Peruano” la Resolución de Superintendencia N.º 000293-2024/SUNAT, mediante la cual se posterga la fecha desde la cual determinados sujetos obligados deberán llevar sus registros contables a través del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE).  

Principales Disposiciones: 

  • Postergación para Principales Contribuyentes: Los sujetos designados como principales contribuyentes deberán comenzar a utilizar el SIRE a partir del período de julio de 2025, siempre que no estén comprendidos en los supuestos establecidos (incisos a, b, c y d del artículo 3.1 de la Resolución de Superintendencia N.º 000112-2021/SUNAT). 
  • Condiciones para Otros Sujetos: Los demás contribuyentes obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos (RVIE) y el Registro de Compras Electrónico (RCE) continuarán utilizando los sistemas anteriores (SLE-PLE o SLE-Portal) hasta el período de junio de 2025, salvo que decidan afiliarse voluntariamente al SIRE. 

 
Disposiciones Complementarias 

  • Afiliación Voluntaria: Los contribuyentes que deseen adelantar su afiliación al SIRE podrán hacerlo en cualquier momento, respetando las condiciones establecidas en la norma. 

 
Vigencia: La resolución entra en vigencia el 27 de diciembre de 2024.  

Para ver la Resolución de Superintendencia N.º 000293-2024/SUNAT, haga click en el siguiente enlace. 

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