
Conforme a la Resolución de Superintendencia N° 000010-2025/SUNAT, el 14 de febrero de 2025 venció el primer plazo para la declaración y pago del Impuesto a los Juegos a Distancia y Apuestas Deportivas a Distancia, así como del Impuesto Selectivo al Consumo aplicable a esta actividad, correspondiente al período enero 2025, respecto de los contribuyentes no domiciliados. Mientras que para los contribuyentes domiciliados las fechas de vencimiento del periodo enero 2025 ya se encuentran en curso.
Al respecto, compartimos esta alerta informativa para tener presentes los plazos de vencimiento para el cumplimiento de las obligaciones formales acorde con lo dispuesto por la mencionada Resolución de Superintendencia N° 000010-2025/SUNAT.
Plazos de Vencimiento para la Declaración y Pago
- Para Contribuyentes No Domiciliados:
- La declaración y pago debe realizarse dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguiente al devengo de la obligación tributaria.
- Ejemplo: Respecto del periodo Enero 2025, el plazo máximo para presentar el Formulario Virtual N.° 0696 y realizar el pago respectivo venció el 14 de febrero de 2025.
2. Para Contribuyentes Domiciliados:
- Los plazos de vencimiento para declaración y pago se rigen por el cronograma de obligaciones tributarias mensuales aprobado por SUNAT, según el último dígito del RUC. A continuación el cronograma:

Importante:
- Los contribuyentes no domiciliados deben presentar su declaración a través de la plataforma “Declaración y Pago para No Domiciliados”.
- Los contribuyentes domiciliados deben utilizar el servicio “Mis Declaraciones y Pagos”.
- Los pagos pueden realizarse en Soles o Dólares estadounidenses (sujeto a elección previa).
Para ver la Resolución de Superintendencia N° 000010-2025/SUNAT, haga click en el siguiente enlace.
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