Santiváñez Abogados

COBERTURA INMEDIATA PARA AFILIADAS O DERECHOHABIENTES EN ESTADO DE GESTACIÓN, DESDE SU AFILIACIÓN A ESSALUD

Laboral

Hoy se publicó el Decreto Supremo N° 001-2025-TR que modifica el artículo 35 del Reglamento de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 009-97-SA.

Esta modificación tiene como propósito adecuar el contenido del referido artículo a lo establecido en la Ley Nº 31469, que, en mayo de 2022, modificó el artículo 10 de la Ley N° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, otorgando cobertura de prestaciones de salud a la afiliada o derechohabiente que se encuentre en estado de gestación, desde su afiliación al Seguro Social de Salud, sin requerir acreditar aportes en los meses previos al inicio del embarazo. A continuación, la información más relevante:

  • Se precisa que las afiliadas o las derechohabientes que se encuentren en estado de gestación tendrán derecho a gozar de las prestaciones del Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud de forma inmediata, desde la afiliación.
  • Deberán adecuarse los instrumentos normativos que regulan el reconocimiento y pago de las prestaciones económicas de la Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud en el plazo de noventa (90) días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo, que vencería el próximo 15 de abril.

Podrán encontrar el texto completo del Decreto Supremo bajo comentario, en el siguiente enlace: https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2361611-2

Para mayores alcances de la norma, contáctenos: 

*Este documento es un breve resumen de aspectos regulados en el decreto supremo referido previamente. No constituye recomendación o análisis legal de las disposiciones antes mencionadas.