Santiváñez Abogados

Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo

Como cada año, el 28 de abril se celebra el Día Mundial de la Seguridad y la Salud en el Trabajo, fecha conmemorativa instaurada por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) con el fin de promover una cultura de prevención en materia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Recordamos cuáles son las principales obligaciones de los empleadores en esta materia:

  • Contar con un Comité de SST, en caso tengan 20 o más trabajadores; o con un Supervisor de SST, de contar con menos de 20 trabajadores.
    • Identificar todos los peligros existentes en el centro de trabajo, evaluar los riesgos y determinar mecanismos para poder controlarlos, mediante una Matriz de Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Mecanismos de Control (Matriz IPERC). 
    • Elaborar un Plan Anual de SST, que contemple las actividades a ejecutar en materia de SST durante el año.
    • Brindar como mínimo 4 capacitaciones al año en materia de SST.
    • Adoptar un enfoque de Sistema de Gestión en el área de SST, que conste de lo siguiente:
      • Contar con una Política de SST que plasme los principios y objetivos fundamentales que la organización se compromete a cumplir.
      • Asumir el liderazgo y compromiso en las actividades de SST de la organización.
      • Implementar los registros y documentación del Sistema de Gestión de la SST, pudiendo estos ser llevados a través de medios físicos o electrónicos.
      • Realizar una evaluación inicial como diagnóstico del estado de la SST, que sea accesible a todos los trabajadores y organizaciones sindicales, para medir la mejora continua del sistema.
    • En el caso del teletrabajo, el empleador identifica los peligros, evalúa los riesgos a los que se encuentra expuesto el teletrabajador e implementa las medidas correctivas. Dicha evaluación se sujeta a las capacidades operativas del empleador.

Principales obligaciones y derechos de los trabajadores en esta materia:

  • Obligaciones
    • Participar en los programas de capacitación y formular al empleador las recomendaciones que considere.Cumplir con las normas, reglamentos e instrucciones de SST.Usar adecuadamente los instrumentos, materiales, y equipos de protección personal, debiendo recibir la respectiva capacitación.Someterse a los exámenes médicos ocupacionales obligatorios.
    • Reportar inmediatamente a los representantes de seguridad sobre cualquier incidente, accidente de trabajo o enfermedad profesional.
  • Derechos
    • A ser protegidos contra cualquier acto de hostilidad y otras medidas coercitivas por parte del empleador como consecuencia del cumplimiento de sus funciones en el ámbito de la SST
    • A ser transferidos, en caso de accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, a otro puesto que implique menos riesgo para su seguridad y salud, sin que ello afecte su remuneración o categoría. Esto salvo los casos de invalidez absoluta permanente.

Para mayores alcances sobre la regulación en materia de seguridad y salud en el trabajo, contáctenos: 

Este documento es un breve resumen de aspectos regulados en las normas referidas previamente. No constituye recomendación o análisis legal de las disposiciones antes mencionadas.