Santiváñez Abogados

Entra en vigencia incremento al Impuesto Predial

Inmobiliario

El pasado 23 de julio de 2021 se publicó la Ley Nº 31313, que estableció principios, lineamientos, instrumentos y normas que regulan el acondicionamiento territorial, la planificación urbana, el uso y la gestión del suelo urbano.

La segunda disposición complementaria modificatoria de dicha norma incorporó a la Ley de Tributación Municipal el artículo 13-A, que dispuso que determinados predios estarán sujetos al pago de una tasa adicional del 100% respecto a la tasa que le corresponda del impuesto predial, debiendo cumplirse para ello los siguientes supuestos:

  1. Que el predio esté incluido dentro de los Planes de Desarrollo Urbano de la jurisdicción que corresponda,
  2. Que esté ubicado en suelo urbano,
  3. Que cuente con acceso a servicios públicos, y
  4. Que no cuente con habilitación urbana con recepción de obras o que contando con habilitación urbana con recepción de obras no cuente con edificación.

Esta tasa adicional no se aplicará a predios cuyo valor de autoevaluó sea menor a 17 UIT.

La tasa adicional será aplicable a predios que no hubieran culminado las obras de habilitación urbana o edificación correspondientes y se afectara hasta que se cumpla con la habilitación urbana y edificación sobre el predio, la cual únicamente podrá ser verificada con la obtención de recepción de obras de habilitación urbana y la conformidad de obra.

La modificación antes mencionada ha entrado en vigencia el 01 de enero del presente año

Podrán encontrar el texto completo de la norma en el siguiente ENLACE.

Para mayores alcances de la norma, contáctenos: mayte.capella@santivanez.com.pe, cesar.delgado@santivanez.com.pe,andree.sanroman@santivanez.com.pe