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Ley modifica el TUO de la Ley del Impuesto a la Renta para incorporar intereses y ganancias de capital inafectos 

Tributario

El 29 de diciembre de 2024, se promulgó la Ley N.º 32218, que modifica el artículo 18 del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por Decreto Supremo N.º 179-2004-EF, incorporando nuevos ingresos inafectos al impuesto. 

Nuevos ingresos inafectos 

La norma establece que no estarán sujetos al impuesto a la renta los siguientes ingresos: 

  • Intereses y ganancias de capital provenientes de operaciones de reporte con ciertos instrumentos financieros, tales como valores representativos de deuda emitidos por gobiernos, bancos centrales extranjeros u organismos supranacionales; y valores inscritos en mercados reconocidos y supervisados en el exterior, como bonos corporativos o gubernamentales calificados por estándares internacionales. Estos instrumentos son detallados en los numerales i y ii del literal h) del artículo 18 del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta. 
  • Enajenación de unidades de participación en Fondos Bursátiles o Exchange Traded Funds (ETF), diseñados para replicar la rentabilidad de índices de acceso público basados en instrumentos específicos. 

La Ley entra en vigor el 1 de enero de 2025. El Poder Ejecutivo dispone de un plazo de 30 días hábiles desde la entrada en vigor para adecuar el reglamento del impuesto a la renta a las modificaciones introducidas. 

Para ver la  Ley N.º 32218, haga click en el siguiente enlace.  

Contactos: 

  • Milagros Fernández– milagros.fernandez@santivanez.com.pe 
  • Luisa Peralta – luisa.peralta@santivanez.com.pe  
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