Santiváñez Abogados

Se elimina la obligación de las empresas de contar con asistencia social

El 14 de junio pasado se publicó el Decreto Supremo N° 005-2025-TR que derogó el Decreto Supremo N° 009-65, que estableció la obligación de las empresas privadas con más de 100 trabajadores de incorporar a una Asistente Social en el servicio de Relaciones Industriales para la atención de cuestiones laborales.

Esta medida se adoptó en cumplimiento de lo dispuesto por Decreto Supremo N° 059-2025-PCM, que estableció que las entidades del Gobierno Nacional que conforman el Poder Ejecutivo debían derogar de manera expresa aquellas disposiciones administrativas declaradas barreras burocráticas por la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas o la Sala Especializada del INDECOPI.

De otro lado, el decreto bajo comentario modificó también el numeral 24.14 del artículo 24 del Reglamento de la Ley General de Inspección del Trabajo, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2006-TR, estableciendo como infracción GRAVE el “no contar con una dependencia adecuada de relaciones industriales o reglamento interno de trabajo, cuando corresponda.

Podrán encontrar el texto completo del Decreto Supremo bajo comentario, en el siguiente enlace: https://busquedas.elperuano.pe/dispositivo/NL/2409619-5

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